Modern corporate buildings at Zonamerica Free Trade Zone in Montevideo, Uruguay.

La auténtica libertad de comercio

Una revisión histórica y conceptual de los aranceles y del acuerdo UE-Mercosur bajo la perspectiva del libre comercio frente al proteccionismo regulatorio.

– Historia y función real de los aranceles
– Mercosur, AEC y distorsión estructural
– Acuerdo UE-Mercosur y proteccionismo regulatorio

La palabra arancel proviene del árabe rancel, referida a una tasa o decreto impuesto por el poder sobre los súbditos.
Los aranceles, como impuestos a la importación, existen desde hace milenios.
Se registran precursores en la antigua Mesopotamia (II milenio a.C.), pero la primera prueba escrita de un arancel aduanero data del año 137 d.C. en Palmira, Siria, bajo el Imperio Romano, utilizado para recaudación fiscal.
En el siglo IV a.C., Atenas imponía un 2% a las mercancías en el puerto del Pireo
Se generalizaron con señores feudales cobrando derechos de paso (pontazgos y barcajes).
Potencias como España e Inglaterra los usaron para financiar guerras y, con el mercantilismo, proteger industrias locales.
En la era Moderna en EE. UU. por la Ley Arancelaria de 1789 se establecieron como impuestos para proteger la industria textil y de hierro.
La paradoja de un artilugio presuntamente protector de la actividad empresaria y del trabajo nacional, que imponía un castigo adicional a los consumidores locales, que debían pagar el precio que fijaran esos oligopolios por sobre lo que podía pagarse en caso de libre importación.
El famoso arancel Smoot-Hawley de 1930 en EE. UU. se convirtió en un ejemplo histórico de protección cuyo efecto exacerbó la Gran Depresión.
El resultado de la Ronda Uruguay del GATT (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio) fue, los compromisos asumidos por los países de reducir los aranceles y “consolidar” los tipos de los derechos de aduana a niveles que parecía difícil aumentar.
En las actuales negociaciones en el marco del Programa de Doha se siguen realizando estériles esfuerzos en ese sentido, relacionados con el acceso más libre a los mercados para los productos agrícolas y no agrícolas.
Existe un consenso casi unánime entre los economistas de que los aranceles son contraproducentes, tienen un efecto negativo en el crecimiento económico y el bienestar económico, mientras que el libre comercio y la reducción de barreras comerciales tienen un efecto positivo abaratando materias primas y tecnología.
Aunque la liberalización del comercio puede provocar en ocasiones pérdidas y ganancias y distribuidas de manera desigual, y puede causar a corto plazo una perturbación económica para los trabajadores de sectores que compiten con las importaciones,​ el libre comercio ofrece ventajas al reducir el costo de bienes y servicios tanto para productores como para consumidores.
La carga económica de los aranceles recae sobre el importador, el exportador y el consumidor.​
Frecuentemente diseñados para proteger industrias específicas, los aranceles pueden volverse en contra y perjudicar a las industrias que pretendían proteger, aumentando el costo de insumos y provocando represalias arancelarias.
Por otra parte, al restringir la competencia los productores conforman corporaciones que estancan la modernización y perviven en función de una protección artificial que se extiende porque implica también una recaudación abusiva para el sistema político.
Los aranceles a la importación también perjudican a los exportadores nacionales perturbando las cadenas de suministro y aumentando sus costos de producción.
El Arancel Externo Común (AEC) es una tarifa arancelaria única acordada por imposición de “consenso” de los países miembros del MERCOSUR, que encarece las mercancías importadas desde países no miembros.
La versión hipócrita fue para “unificar la política comercial, proteger la producción local y fomentar el comercio interno”. Logró todo lo contrario con niveles arancelarios que van HASTA EL 20% del costo del producto o servicio importado.
Esto no solamente ha perjudicado la concreción de un verdadero Mercado Común, sino que ha estancado la productividad de la región, paralizado el desarrollo económico, salvo en las zonas que armaron el Tratado para ampliar sus prebendas.
Generaron la imposibilidad económica de competir en paridad fuera del Bloque y bajar los precios internos.
Analizar el acuerdo UE-Mercosur desde una óptica de libre comercio, implica justificar el marcado escepticismo con que es recibido este tratado específico.
No como «libre comercio puro», sino como comercio gestionado.
El «Proteccionismo Regulatorio»
El comercio debe basarse en la confianza mutua y la libertad de empresa.
Sin embargo, este acuerdo viene cargado de normativas de la UE, una forma de imperialismo regulatorio.
La UE exige que el Mercosur se adapte a sus normativas ambientales (Pacto Verde) y laborales.
Una barrera no arancelaria que encarece la producción y viola la “soberanía” de mercado de los países sudamericanos.
Las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) del Mercosur no tienen el capital para certificar cada proceso bajo normas europeas, lo que termina favoreciendo solo a las grandes corporaciones que las pueden costear.
Desviación de Comercio vs. Creación de Comercio
Un principio liberal clave (basado en Jacob Viner) es que los acuerdos regionales pueden ser contraproducentes si causan desviación de comercio.
Al eliminar aranceles solo entre estos dos bloques, se incentiva a comprar productos de la UE o del Mercosur que quizás son más caros o de menor calidad que los de un tercer país (como EE. UU., China o India).
Es preferible la apertura unilateral o acuerdos globales (OMC) antes que «clubes exclusivos» que distorsionan los precios y la competencia mundiales, obligando a un consumo regimentado y más caro.
La Consolidación del «Estado Corporativo»
Estos tratados son redactados por lobbistas y burócratas, no por defensores de la libertad de comercio, ajenos a la equidad de condiciones, el crecimiento económico de las partes, o la apertura a la competencia legítima.
En lugar de liberar el mercado de la carne o el azúcar, el acuerdo establece «cuotas»; por definición, una planificación centralizada: el Estado más fuerte decide cuánto se puede vender, lo cual es la antítesis del libre mercado.
El acuerdo no elimina totalmente la Política Agraria Común (PAC) de la UE, que seguirá subsidiando a sus agricultores mientras pide «competencia”; una distorsión hipócrita que impide una asignación eficiente de recursos, técnicamente “dumping”.
El Riesgo de la Propiedad Intelectual
Las patentes excesivas que se exigen se ven como monopolios legales.
El acuerdo refuerza las leyes de propiedad intelectual de la UE en el Mercosur.
Esto elevará los precios de medicamentos y semillas tecnológicamente producidas, limitando la competencia y la innovación local, protegiendo artificialmente a los grandes tenedores de patentes europeos.
Falta de Competitividad Estructural
Especialmente en Argentina y Brasil se advierte que abrir el mercado sin antes bajar la carga impositiva interna es una trampa.
Si el Estado no reduce el gasto público y los impuestos antes de firmar, las empresas locales compiten «con una mochila de piedras» contra empresas europeas que tienen mejor infraestructura, menor carga tributaria, y menor costo de capital.
Esto no es competencia real, sino una condena al cierre de industrias por asimetría estatal para países pequeños que tienen un costo país (carga política) altísimo.
El verdadero libre comercio no requiere un tratado de mil páginas, veinticinco años de estudio y otros tantos para demostrar luego el fracaso; requiere simplemente quitar los aranceles, bajar el gasto público, y dejar que la gente intercambie libremente.
Veremos ejemplos concretos de países que ganaron compitiendo sin aranceles contra los arancelados.

Este análisis forma parte del eje temático de Orden Global y Geopolítica, dedicado al estudio estratégico de las transformaciones del orden internacional.

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