Una aproximación desde el Derecho Penal, la Criminología y la Psicología Forense
BUKELE, SEGURIDAD Y DEMOCRACIA:
LA POLARIZACIÓN DEL DEBATE PENAL Y EL PROBLEMA URUGUAYO
Una aproximación desde el Derecho Penal, la Criminología y la Psicología Forense
Por la Dra. Martha Valfré García – Abogada y Lic. en Psicología
Segunda Parte
6. La víctima no puede desaparecer del Derecho Penal
Uno de los errores históricos del debate jurídico ha sido construir algunas discusiones como si solamente existieran dos protagonistas: Estado e imputado. La víctima quedaba desplazada. La victimología contemporánea mostró las consecuencias de esa omisión.
Reconocer derechos y garantías al imputado es irrenunciable. Pero escuchar a la víctima, evitar su revictimización, garantizar información, protección y reparación también forma parte de un sistema penal democrático. La legitimidad de las garantías disminuye socialmente cuando son comunicadas como obstáculos burocráticos frente al sufrimiento de quien padeció el delito.
El desafío consiste en impedir que el legítimo reconocimiento de la víctima se transforme, a su vez, en una autorización para prescindir del debido proceso. La víctima necesita justicia; no necesita un sistema que produzca nuevas injusticias.
7. Cárcel: el punto ciego del debate uruguayo
Uruguay no resolverá su problema de seguridad únicamente aumentando penas si la prisión continúa funcionando como espacio de reproducción de violencia y exclusión. La pena privativa de libertad incapacita temporalmente, pero la inmensa mayoría de las personas encarceladas regresará a la comunidad. La pregunta criminológica relevante es en qué condiciones regresará.
Andrews y Bonta (2010), desde el modelo Riesgo-Necesidad-Responsividad, muestran la importancia de ajustar la intensidad de la intervención al riesgo, trabajar necesidades criminógenas y adaptar las intervenciones a las características del sujeto. La evidencia criminológica obliga así a superar la oposición ingenua entre castigar y rehabilitar. Una política de reinserción eficaz también es una política de seguridad pública.
8. ¿Qué puede aprender Uruguay sin convertirse en El Salvador?
Uruguay puede extraer una enseñanza del fenómeno Bukele sin importar su modelo institucional: la seguridad es una función esencial del Estado y la ciudadanía no tolerará indefinidamente respuestas que perciba como ineficaces. Ignorar esa demanda deja el terreno libre a soluciones cada vez más radicales.
Pero aprender no significa copiar. Uruguay necesita fortalecer investigación criminal e inteligencia contra organizaciones delictivas; controlar armas y mercados ilícitos; intervenir tempranamente en trayectorias de violencia; profesionalizar aún más la evaluación del riesgo; mejorar la persecución patrimonial del narcotráfico; transformar el sistema penitenciario; proteger a víctimas y testigos; y evaluar políticas mediante indicadores transparentes.
La firmeza estatal no exige arbitrariedad. Es perfectamente posible construir un Estado fuerte sometido a la ley. De hecho, esa debería ser la aspiración democrática: un Estado suficientemente fuerte para proteger a la población y suficientemente limitado para no convertirse él mismo en fuente de violencia ilegítima.
9. La polarización como fracaso del pensamiento complejo
La discusión sobre Bukele revela finalmente un problema psicológico y político más amplio. Las sociedades polarizadas pierden capacidad de tolerar ambivalencias. Se exige elegir un bando completo. Si una persona reconoce resultados positivos de una política de seguridad, se presume que avala todas sus consecuencias institucionales. Si cuestiona violaciones de derechos humanos, se presume que desconoce el sufrimiento provocado por el crimen.
Ese razonamiento es intelectualmente pobre. La madurez democrática consiste precisamente en sostener proposiciones que generan tensión: el delito grave requiere respuestas firmes; el poder punitivo necesita límites; las víctimas poseen derechos; los imputados también; las cárceles son necesarias en determinados casos; el encarcelamiento por sí solo no resuelve la criminalidad; la prevención social es indispensable; y la prevención social tampoco sustituye la investigación policial y la persecución penal.
No hay contradicción en sostener todas esas afirmaciones. Hay complejidad.
Conclusiones
Bukele se ha convertido en un símbolo sobre el cual América Latina proyecta sus propios miedos, frustraciones y expectativas. Reducir el fenómeno a autoritarismo impide comprender por qué obtiene adhesión; convertirlo en receta universal impide comprender los costos jurídicos e institucionales de la excepcionalidad.
Uruguay debe evitar ambos errores. El país enfrenta un problema serio de violencia letal y criminalidad compleja, aunque otros indicadores delictivos hayan descendido. Negarlo deterioraría la confianza pública. Pero responder mediante una importación acrítica de modelos de excepción sería desconocer la historia institucional uruguaya y las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado.
La alternativa no debería formularse como ‘Bukele o garantismo’. La verdadera alternativa es entre políticas criminales eficaces sometidas al Estado de Derecho y políticas incapaces de proporcionar seguridad o incapaces de respetar derechos.
Cuando una democracia no protege, la sociedad empieza a pedir excepcionalidad. Por eso defender el Estado de Derecho no significa pedirle al ciudadano que se acostumbre al miedo. Significa demostrar que la democracia puede ser firme, inteligente y eficaz sin renunciar a sus límites. La mejor respuesta frente al populismo punitivo no es minimizar el delito: es construir un Estado democrático que funcione.
Referencias doctrinarias y técnicas
Andrews, D. A. y Bonta, J. (2010). The Psychology of Criminal Conduct. Anderson Publishing.
Douglas, K. S., Hart, S. D., Webster, C. D. y Belfrage, H. (2013). HCR-20V3: Assessing Risk for Violence – User Guide. Mental Health, Law, and Policy Institute, Simon Fraser University.
Ferrajoli, L. (1995). Derecho y razón. Teoría del garantismo penal. Trotta.
Kahneman, D. (2011). Thinking, Fast and Slow. Farrar, Straus and Giroux.
Zaffaroni, E. R., Alagia, A. y Slokar, A. (2002). Derecho Penal. Parte General. Ediar.
Fuentes institucionales consultadas
Ministerio del Interior de Uruguay, Área de Estadística y Criminología Aplicada (2026). Boletín Semestral de Estadísticas Criminales, enero-junio 2026.
Plan Nacional de Seguridad Pública de Uruguay (2025). Diagnóstico general de la criminalidad y la violencia en Uruguay.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2026). Comunicado sobre los efectos del régimen de excepción en El Salvador.
Human Rights Watch (2026). Informe Mundial 2026: El Salvador.
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