Historical parliamentary debate about political responsibility and constitutional order

Cuando la política corrige al derecho: la lección olvidada de Francisco Bauzá

Un debate surgido tras la dictadura de Latorre permite revisar una vieja tensión entre legalidad, estabilidad institucional y responsabilidad política.

Hace no muchos años, un expresidente de la República, de cuyo nombre no quiero acordarme, manifestó ante una prensa siempre ávida de sus polémicas declaraciones, que lo político prevalece sobre lo jurídico.
Sus palabras, como de costumbre, dieron lugar a los más diversos juicios por parte de políticos y comentaristas variopintos.
Muchas fueron críticas. Pero, ¿qué quiso significar el exmandatario por política? ¿Se refería a la pequeña política partidaria o en cambio a la política en el sentido de cuidado de los intereses de la comunidad?
Imposible saberlo porque su frase preferida era: «como te digo una cosa te digo la otra», concepto que seguìa al pie de la letra.
Por otra parte, el planteo no es nuevo ni en cuanto a sí mismo ni a la solución.
Ya el legislador, historiador, escritor, diplomático, periodista, constitucionalista, crítico literario, poeta y elocuente orador uruguayo Francisco Bauzá (1849-1899) se lo había planteado y resuelto.
Cierto es que la ocasión no era parecida ni muchos menos, pero sirve como buen ejemplo de doctrina y praxis política.
También es verdad que Bauzá no fue el primero en resolver esa contradicción.
La historia de la humanidad está impregnada de ejemplos similares
El Golpe de estado del coronel Lorenzo Latorre inauguró un período de orden en nuestro convulsionado País, que se extendió por tres años. El ejercicio del mando por el Gobernador Provisorio se cerró con una apertura electoral donde Latorre fue consagrado como Presidente Constitucional.
Una de las primeras preocupaciones de las Cámaras electas fue qué hacer con las distintas disposiciones dictadas durante el período de facto.
Estrictamente consideradas eran jurídicamente inválidas, por haber sido dictadas en forma inconstitucional, es decir, por órganos que no tenían competencia para emitirlas.
Aunque el hecho es que sí las emitieron, que se aplicaron, que los jueces fallaron tomándolas en cuenta y que se hicieron cumplir.
Se trató el asunto en las sesiones ordinarias de la Cámara de Representantes de 21, 25 y 26 de abril de 1879.
La comisión legislativa encargada del informe presentó dos. Bauzá, que lo había acompañado, le tocó defender el de la minoría.
El 26 de abril el diputado electo por Soriano expuso ante el Cuerpo.
*Resolviendo el dilema
El tema tiene dos caras y hay que mirar ambas.
Una es si «puede el Poder Ejecutivo o quien lo subrogue, dictar disposiciones con carácter de Ley, en circunstancias extraordinarias y cuando el C. Legislativo no exista».
El tribuno dice, «puede» y la prueba está en que lo hizo.
Pero se trata del aspecto constitucional y debe entenderse como si puede hacerlo sin violar la Carta.
Y la otra faz es la cuestión política:
«¿Puede la Asamblea Nacional anular tres años de vida oficial de un pueblo, sin lanzarse en el camino de la legislación retroactiva, suscitando los trastornos y perturbaciones que van anexos a semejante conducta?». Evidentemente no. Entonces sugiere el término medio. Sugiere una transacción, porque la política, como la vida misma, no es más que una transacción permanente.
Pone como antecedentes la actuación legislativa posterior a las dictaduras tanto del general Rivera como del general Flores para no vulnerar derechos adquiridos.
Dice que no encuentra motivos para no aplicar el mismo procedimiento.
Recuerda que cuando se llamó a elecciones para integrar las Cámaras del momento, algunos sostuvieron que la respuesta debía ser la abstención.
Considera que hubiera sido un grave error porque si el objetivo era salir de la dictadura ese era el camino.
La salida no podía ser una revolución que solo sustituiría una dictadura por otra, y la abstención solo implicaría el mantenimiento de la situación.
Elegida la vía adecuada, la Asamblea «debía recoger, como lo ha hecho, la herencia que el Gobierno anterior le dejaba en lote».
Esa herencia era el patrimonio nacional y tenían la obligación de cuidarlo porque en ese entendido le había sido entregado.
«No se matan de una plumada tres años de vida de un pueblo».
No se trata de legitimar los actos de la dictadura, sino de acatar hechos consumados. De otro modo, todos serían cómplices, «porque durante tres años la han dejado vivir, legislar y mandar sin trabas, obedeciendo puntualmente lo que ella ha ordenado», dice Bauzá.
A muchos no les gustó el discurso, pero nadie le dijo que no tenía razón.

Institucionalidad
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